Punto de recarga en garaje comunitario

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Tienes coche eléctrico y plaza de garaje en un edificio de vecinos. O estás a punto de comprarlo. La pregunta que paraliza a muchos propietarios es siempre la misma: ¿necesito que la comunidad me dé permiso para instalar un cargador en mi plaza?

La respuesta corta es no. Pero hay condiciones, un proceso legal que cumplir y decisiones técnicas que marcan la diferencia entre una instalación que funciona y dura, y una que genera problemas.

Lo que dice la ley: artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal

El artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal es claro: cualquier propietario tiene derecho a instalar un punto de recarga en su plaza de garaje para uso privado sin necesidad de autorización de la junta de propietarios, siempre que la instalación vaya conectada a su propio contador y no afecte a la estructura del edificio.

Lo que sí es obligatorio es comunicarlo por escrito al presidente o al administrador de la comunidad, con al menos 30 días de antelación antes de iniciar cualquier obra. Esa comunicación debe incluir una memoria técnica que describa qué se va a instalar, cómo y por dónde discurrirá el cableado, especialmente si afecta a elementos comunes como la escalera o el cuarto de contadores.

Lo que no puede hacer la comunidad es negarse si el propietario cumple estos requisitos. Una negativa sin fundamento técnico o de seguridad no tiene respaldo legal.

Cuándo sí necesitas acuerdo de la junta

Hay situaciones donde la instalación requiere algo más que una notificación:

Si quieres conectarte al contador comunitario.

Usar la electricidad común para cargar tu coche requiere acuerdo de la junta y un sistema de reparto de costes, normalmente mediante subcuenta con contador independiente. Es la solución habitual cuando el propietario no tiene contador propio en el garaje.

Si la instalación requiere obras en zonas comunes que modifiquen elementos estructurales.

Perforar forjados, modificar la acometida eléctrica del garaje o instalar canalizaciones visibles en zonas comunes requiere acuerdo, aunque el voto favorable de un tercio de los propietarios suele ser suficiente para mejoras que faciliten la movilidad sostenible.

Si es una instalación colectiva para varios propietarios.

En este caso hay que llevar el proyecto a junta, pero también se accede a subvenciones del Plan MOVES III como comunidad, con porcentajes de hasta el 70% del coste total.

Los dos esquemas técnicos posibles

Antes de notificar a la comunidad, hay que decidir cómo se va a alimentar el punto de recarga. Esto determina el coste, la complejidad de la instalación y si necesitas o no acuerdo de la junta.

Esquema T1: conexión desde el contador individual de la vivienda. El cableado parte del contador de tu piso, baja al garaje y llega a tu plaza. Es el esquema más habitual y el que no necesita acuerdo de la comunidad. El coste depende de la distancia entre el contador y la plaza, que en edificios con garaje en sótano puede ser de 20 a 60 metros o más. Cada metro de cableado adicional en canalización encarece la instalación.

Esquema T2: instalación de un nuevo contador independiente en el garaje. Se solicita a la distribuidora eléctrica (Endesa en gran parte de Andalucía) un nuevo punto de suministro exclusivo para la recarga. Es la opción cuando el contador de la vivienda está muy lejos del garaje o cuando la potencia contratada en el piso no da margen para añadir la carga del vehículo. Requiere tramitación con la distribuidora, que puede tardar entre 4 y 12 semanas.

Un técnico de EDAS evalúa cuál de los dos esquemas es viable en tu caso antes de presentar la notificación a la comunidad, evitando que el proceso se paralice por una decisión técnica incorrecta desde el inicio.

Qué incluye la notificación a la comunidad

La comunicación escrita al presidente o administrador no puede ser un simple correo diciendo «voy a poner un cargador». Para que sea válida y cubra legalmente al propietario debe incluir:

  • Identificación del propietario y de la plaza afectada
  • Descripción del equipo de recarga (marca, modelo, potencia)
  • Esquema de la instalación eléctrica con el recorrido del cableado
  • Indicación de si afecta o no a elementos comunes y en qué medida
  • Datos del instalador autorizado que ejecutará la obra
  • Confirmación de que los costes son íntegramente asumidos por el propietario

Si la instalación afecta a zonas comunes, la memoria técnica debe estar firmada por un ingeniero competente. Sin ese documento, la comunidad puede objetar con fundamento y retrasar o bloquear la instalación.

En EDAS preparamos esta documentación como parte del servicio. El propietario firma y entrega; nosotros elaboramos la memoria técnica y coordinamos con el administrador de fincas si es necesario.

Cuánto cuesta instalar un punto de recarga en garaje comunitario

El coste varía según el esquema técnico y la distancia al cuadro eléctrico. Para una instalación individual en plaza privada, los rangos orientativos en Andalucía son:

ConceptoCoste orientativo
Wallbox 7,4 kW con gestión de carga500 – 900 €
Cableado y protecciones (por metro de recorrido)15 – 30 €/m
Proyecto técnico y memoria para la comunidad200 – 400 €
Legalización y CIE150 – 300 €
Total instalación típica (sin subvención)1.200 – 2.500 €
Con Plan MOVES III (hasta 70%)360 – 750 €

El Plan MOVES III cubre también el proyecto técnico y la legalización, no solo el wallbox y el cableado. Para ver el desglose completo por escenario, consulta el artículo Cuánto cuesta instalar un punto de recarga de coche eléctrico en casa o en empresa en 2026.

Por qué no basta con un electricista

Un electricista autorizado puede hacer el cableado y conectar el wallbox. Pero hay partes del proceso que requieren más:

La memoria técnica para la comunidad debe estar firmada por un ingeniero, no por un instalador eléctrico. Sin esa firma, la comunidad puede rechazarla.

La legalización ante la administración andaluza requiere el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) emitido por un instalador autorizado en la categoría correcta, y su registro telemático ante la Delegación Territorial de Industria. Sin legalización, la instalación no es válida para el Plan MOVES III ni para el seguro del hogar en caso de incidente.

La tramitación ante Endesa para el esquema T2 requiere documentación técnica específica que un electricista general normalmente no gestiona.

EDAS integra todas estas partes en un único servicio: proyecto, notificación a la comunidad, instalación, legalización y tramitación del Plan MOVES. Conoce más en la página de puntos de recarga de coches eléctricos.

El proceso paso a paso resumido

  1. Visita técnica de EDAS para evaluar la instalación eléctrica del garaje y definir el esquema más adecuado.
  2. Elaboración de la memoria técnica y la notificación para la comunidad.
  3. Entrega de la notificación al presidente o administrador con al menos 30 días de antelación.
  4. Presentación de la solicitud del Plan MOVES III ante la Agencia Andaluza de la Energía (antes de iniciar la obra).
  5. Resolución favorable → ejecución de la instalación.
  6. Legalización ante la administración y emisión del CIE.
  7. Justificación del Plan MOVES y cobro de la subvención.

Si tienes dudas sobre si tu caso requiere acuerdo de junta o solo notificación, contacta con EDAS y un técnico te lo confirma sin compromiso.

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