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Para viviendas y comunidades de vecinos: estudio, proyecto, instalación y legalización explicados paso a paso, con un único interlocutor.
En EDAS Ingenieros diseñamos, legalizamos e instalamos puntos de recarga en Córdoba y provincia, para viviendas, garajes comunitarios y empresas. Somos una ingeniería con sede en Córdoba capital desde 2004: visitamos tu instalación, calculamos la potencia disponible y nos encargamos de todo el proceso, incluida la gestión de las ayudas.
Un punto de recarga no es solo enchufar un cargador. Hay que comprobar que la instalación eléctrica aguanta la potencia, cumplir la ITC-BT-52 del REBT, redactar el proyecto o memoria técnica y legalizar la instalación ante la Delegación Territorial de Industria de Córdoba. Al ser una ingeniería, firmamos el proyecto y el certificado nosotros mismos, sin subcontratar la parte técnica.
Trabajamos en Córdoba capital y municipios de la provincia (Lucena, Puente Genil, Montilla, Priego de Córdoba, Palma del Río, Baena…).
Realizamos un análisis previo detallado para garantizar una instalación óptima, segura y adaptada a la potencia disponible del inmueble.
Para empresas y comunidades que quieren explotar puntos de recarga.
Nos encargamos de la redacción del proyecto técnico, tramitación de permisos y licencias, coordinación de seguridad y gestión de todos los trámites ante Industria.
Ejercemos como Charge Point Operator (CPO) y supervisamos la instalación para asegurar un funcionamiento eficiente, estable y conforme a la normativa eléctrica vigente.
En vivienda unifamiliar. Wallbox en tu cochera o patio. Revisamos si basta con tu potencia actual o si necesitas ampliarla.
En garaje comunitario. Tramitación con la comunidad de propietarios en Córdoba: derecho a instalar, comunicación a la junta, instalación individual o con contador por plaza.
En empresas y locales. Puntos de recarga para flota, clientes o empleados, con proyecto, legalización y subvención.
Gestionamos por ti la subvención, desde comprobar si eres beneficiario hasta presentar el expediente y justificarlo. Además de la ayuda directa, existe la deducción en el IRPF por la parte no subvencionada.
Con EDAS no solo instalas tu punto de recarga: también te acompañamos en la deducción del IRPF y en la tramitación del Plan MOVES cuando se abra la próxima convocatoria.
El precio final depende de la distancia del cuadro a la plaza, la potencia y si hace falta ampliar la instalación. Te damos presupuesto cerrado tras la visita.
FAQS
El Plan MOVES III incluye una línea específica de ayudas para infraestructuras de recarga. En Andalucía, la convocatoria de 2025 cerró el 31 de diciembre de 2025 y en febrero de 2026 se amplió el crédito para atender la lista de reserva. Si estás valorando instalar, escríbenos y te avisamos en cuanto se publique la siguiente convocatoria.
En el caso de particulares, autónomos y comunidades de propietarios, lo habitual es que la ayuda cubra:
Hasta el 70 % del coste subvencionable de la instalación del punto de recarga.
Hasta el 80 % si el punto se instala en un municipio de menos de 5.000 habitantes (incentivo extra para zonas rurales o menos pobladas).
Para empresas y entidades con actividad económica, los porcentajes son menores y dependen del tamaño de la empresa y de si el punto de recarga es de acceso público o no (por ejemplo, rangos aproximados del 20 % al 50 % de la inversión subvencionable según el tipo de beneficiario y potencia del cargador).
La ayuda suele cubrir conceptos como:
Equipo de recarga (wallbox o punto de carga)
Mano de obra e instalación eléctrica
Canalizaciones, protecciones, cuadros eléctricos asociados
Ingeniería, proyecto técnico y legalización cuando sean necesarios
Los beneficiarios concretos dependen de cada comunidad autónoma, pero el marco general del Real Decreto 266/2021 y sus modificaciones define estos tipos de solicitantes para infraestructuras de recarga:
Personas físicas particulares (propietarios o usuarios de vehículos eléctricos, con o sin garaje comunitario).
Autónomos y profesionales que utilicen un vehículo eléctrico en su actividad.
Comunidades de propietarios y mancomunidades (garajes comunitarios).
Empresas privadas (pymes y grandes empresas) que instalen puntos para su flota, para empleados o de acceso público.
Administraciones públicas y entidades del sector público (ayuntamientos, diputaciones, organismos, empresas públicas…).
Comunidades energéticas locales u otras figuras similares, cuando la convocatoria autonómica las contemple.
En general, se puede solicitar la ayuda para instalaciones:
En viviendas unifamiliares o adosadas
En plazas de garaje de comunidades de propietarios
En parkings de empresas o edificios de oficinas
En aparcamientos de acceso público, estaciones de servicio, hoteles, centros comerciales, etc.
Cada comunidad autónoma tiene su propia convocatoria, plazos y formularios, por lo que siempre es recomendable revisar las bases autonómicas vigentes o dejar que un equipo técnico especializado (como EDAS) se encargue de revisar la elegibilidad del proyecto.
Depende principalmente de quién eres (particular, empresa, administración…) y dónde se instala el punto de recarga. A grandes rasgos, en la última convocatoria andaluza (MOVES III 2025):
1. Particulares, autónomos y comunidades de propietarios
Hasta 70 % del coste subvencionable en localización general.
Hasta 80 % del coste subvencionable en municipios de menos de 5.000 habitantes.
2. Administraciones públicas sin actividad económica
Habitualmente se sitúan en porcentajes similares a los de los particulares (hasta el 70–80 %), según convocatorias autonómicas.
3. Empresas y entidades con actividad económica
Los porcentajes son más bajos y varían por tamaño de empresa y tipo de punto de recarga, pero de forma orientativa:
Recarga de acceso público con potencia ≥ 50 kW:
Grandes empresas: desde un 20 % aprox.
Medianas empresas: hasta alrededor del 40 %
Pequeñas empresas: hasta alrededor del 50 %
Recarga de menor potencia o de uso privado (flota, empleados, etc.):
Porcentajes algo inferiores, según reglamento y modificaciones aplicables en cada convocatoria autonómica.
Además, de forma paralela a MOVES existe una deducción estatal en el IRPF del 15 % por la instalación de infraestructuras de recarga en vivienda habitual o en edificios de uso residencial, con una base máxima de 4.000 €, pero sin contar la parte subvencionada, que no puede entrar en la base de la deducción.
Sí. El enfoque de EDAS es llave en mano, y eso incluye tanto la parte técnica como la administrativa vinculada al Plan MOVES.
En la práctica, esto significa que EDAS puede encargarse de:
Análisis previo de elegibilidad
Comprobar si tu instalación cumple las condiciones del programa (tipos de beneficiario, ubicación, requisitos técnicos, plazos de ejecución, etc.).
Verificar la situación concreta de la convocatoria en tu comunidad autónoma (plazo abierto, presupuesto disponible, compatibilidad con otras ayudas…).
Proyecto técnico y documentación
Memorias e informes técnicos necesarios.
Cálculo de potencias, esquemas eléctricos, dimensionamiento de la instalación.
Certificados, boletines y documentación exigida por la normativa de baja tensión.
Legalización y tramitación administrativa
Legalización de la instalación ante la administración competente.
Preparación y presentación telemática de la solicitud de ayuda MOVES.
Atención a requerimientos y subsanaciones que pueda pedir la comunidad autónoma.
Seguimiento del expediente y justificación final
Control de plazos de ejecución, pago de facturas y presentación de justificantes.
Entrega de la documentación final para que la administración pueda aprobar y pagar la subvención.
De esta forma, para el cliente final, el proceso se resume en elegir la solución de recarga y firmar la documentación necesaria, dejando a EDAS la carga técnica y burocrática del Plan MOVES.
El precio depende mucho de factores como el tipo de vivienda, la distancia al cuadro eléctrico, la potencia del cargador y la complejidad de la instalación, pero con datos actualizados de 2026 se pueden dar rangos orientativos:
1. Vivienda unifamiliar con garaje propio (wallbox estándar 7,4 kW)
Coste total antes de ayudas: normalmente entre 900 € y 2.000 € (equipo + instalación básica).
Casos sencillos (pocos metros de cable, instalación moderna): desde unos 900–1.200 €.
Casos más complejos (más metros, obra adicional, protecciones extra): hasta 1.500–2.000 € o más.
2. Garaje comunitario (plaza en comunidad de propietarios)
Suelen entrar más metros de cable y trabajos de canalización.
Rango habitual: entre 900 € y 2.000 €, pudiendo llegar a 2.500 € en instalaciones largas o complejas.
3. Enchufe reforzado (no siempre subvencionable)
Instalación sencilla: entre 200 € y 450 €, pero es una solución más limitada y a menudo no entra en las ayudas del Plan MOVES.
Con las ayudas del Plan MOVES III, si eres particular:
La subvención puede cubrir el 70–80 % del coste subvencionable.
En muchos casos reales, el coste final de instalar un wallbox puede quedarse en el entorno de 150–500 €, según la convocatoria y las características de la instalación.
A esto se le puede añadir la deducción del 15 % en el IRPF sobre la parte no subvencionada (hasta 4.000 € de base), lo que reduce aún más el coste efectivo de la instalación.
Aquí hay dos elementos distintos que afectan a tu declaración de la renta en España:
La subvención del Plan MOVES III
La deducción en IRPF por instalar una infraestructura de recarga
1. ¿Cómo tributa la ayuda del Plan MOVES III?
La ayuda que recibes del Plan MOVES III (tanto para vehículo como para punto de recarga) se considera, a efectos de IRPF, una ganancia patrimonial que hay que declarar en el ejercicio en el que cobras la subvención, no en el año en que instalas el cargador o presentas la solicitud.
Se integra normalmente en la base general del IRPF, sumándose a tus otros ingresos.
Tributará según tu tipo marginal (19 %–47 %, dependiendo de tus tramos de renta).Cinco Días+1
La administración que concede la ayuda suele comunicar el importe a la Agencia Tributaria, por lo que Hacienda “sabe” que la has cobrado.
2. Deducción del 15 % por instalación de infraestructuras de recarga
Además de la subvención, existe una deducción estatal en el IRPF del 15 % por la instalación de infraestructuras de recarga en tu vivienda habitual o en edificios residenciales:Agencia Tributaria+1
Base máxima de la deducción: 4.000 €.
Se pueden deducir las cantidades pagadas entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2026
Muy importante: la base de la deducción no puede incluir la parte subvencionada. Solo se computa el importe realmente pagado por ti sin ayudas.Agencia Tributaria
3. Recomendación práctica
La casuística puede variar según:
La comunidad autónoma que te concede la ayuda
El año en el que cobras la subvención
Tu situación fiscal (tipo marginal, otras deducciones, etc.)
Por eso, aunque EDAS puede orientarte a nivel general, lo más prudente es que revises la documentación con tu gestor o asesor fiscal, aportando:
Resolución de concesión de la ayuda MOVES
Justificantes de cobro de la subvención
Facturas y justificantes de pago de la instalación
Certificados o documentación relativa a la deducción por infraestructuras de recarga
Así te asegurarás de aprovechar al máximo las ayudas sin tener problemas con Hacienda.
Sí. Trabajamos en Córdoba capital y en los municipios de la provincia; la visita técnica se adapta a cada caso.
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