Si tienes un coche eléctrico o estás pensando en comprarlo, probablemente ya sabes que instalar un cargador en casa es la opción más cómoda y económica para recargar. Lo que quizás no sabías es que también puedes deducirte hasta 600 euros en la declaración de la renta.
Pero hay un detalle importante: la deducción solo se puede aplicar si la instalación está correctamente documentada y la realizó un instalador autorizado que te entregue el certificado de instalación eléctrica (CIE). Sin ese documento, Hacienda no acepta la deducción.
En este artículo te explicamos cómo funciona, a cuánto asciende el ahorro real, qué requisitos tienes que cumplir y por qué la documentación que te entrega el instalador es tan importante.
¿En qué consiste la deducción del IRPF por punto de recarga?
Es una deducción fiscal temporal aprobada por el Gobierno para incentivar la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos en viviendas particulares. Permite descontarte el 15% de los gastos de instalación directamente en tu declaración de la renta.
La normativa que la regula es el Real Decreto-ley 5/2023, prorrogado posteriormente por el Real Decreto-ley 7/2026 (BOE de 21 de marzo de 2026), que la mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Cuánto me puedo ahorrar exactamente?
La deducción se calcula sobre el importe total que hayas pagado por la instalación, con un límite máximo de 4.000 € de base. Esto significa que el ahorro máximo posible es de 600 € por contribuyente.
Algunos ejemplos prácticos:
| Coste total de la instalación | Deducción (15%) |
|---|---|
| 1.000 € | 150 € |
| 1.500 € | 225 € |
| 2.500 € | 375 € |
| 4.000 € o más | 600 € (máximo) |
¿Qué incluye la base deducible? Todos los gastos necesarios para poner en marcha la instalación: el cargador o wallbox en sí, los materiales eléctricos (cable, protecciones, canalización), la mano de obra del instalador y cualquier obra necesaria como adaptaciones del cuadro eléctrico.
Un dato importante: si has recibido subvenciones como el Plan MOVES III, estas se descuentan de la base antes de calcular el 15%. Es decir, solo puedes deducirte sobre lo que has pagado realmente de tu bolsillo.
¿Quién puede aplicar esta deducción?
Puedes beneficiarte si cumples todos estos requisitos:
- Eres persona física residente en España y presentas declaración del IRPF
- El punto de recarga está instalado en tu vivienda habitual o en la plaza de garaje vinculada a ella
- La instalación no está afecta a ninguna actividad económica (es de uso particular)
- Has pagado mediante medios bancarios trazables: transferencia, tarjeta, domiciliación (nunca en efectivo)
- La instalación ha sido realizada por un instalador autorizado que te ha entregado el certificado de instalación eléctrica
- La instalación queda finalizada antes del 31 de diciembre de 2026
No puedes aplicarla si el cargador está en una segunda residencia, si se usa para una actividad empresarial, o si pagas en efectivo.
¿Cuándo se declara?
La deducción se aplica en la renta del año en que finaliza la instalación:
- Si la instalación termina en 2025 → se declara en la renta 2025, que se presenta en 2026.
- Si la instalación termina en 2026 → se declara en la renta 2026, que se presenta en 2027.
Para aplicarla, en Renta WEB hay que ir al apartado «Deducciones por obras e instalaciones de mejora energética» e introducir manualmente la base deducible, el porcentaje (15%) y la deducción resultante. El borrador no la incluye automáticamente.
La documentación que necesitas: el CIE
Este es el punto que más gente pasa por alto. Hacienda puede pedir justificación en una comprobación, y si no tienes la documentación correcta, la deducción puede ser denegada.
Lo que necesitas guardar durante al menos 4 años:
- Factura detallada de la instalación (equipo + materiales + mano de obra)
- Justificante de pago mediante medio bancario (transferencia o extracto de tarjeta)
- Certificado de instalación eléctrica (CIE), firmado por el instalador autorizado
- Justificante de subvenciones recibidas, si las hay, para calcular correctamente la base deducible
El CIE es el documento clave. Sin él, la instalación no está legalizada ante Industria, el seguro podría no cubrir incidencias y, en el caso de un garaje comunitario, la instalación puede ser impugnada. Y por supuesto: sin CIE, la deducción del IRPF no aplica.
¿Es compatible con el Plan MOVES III y otras ayudas?
Sí, la deducción del IRPF es compatible con las ayudas del Plan MOVES III y con otras subvenciones autonómicas. La única condición es que el importe de las ayudas recibidas se reste de la base deducible antes de aplicar el 15%.
Por ejemplo: instalación de 2.000 €, subvención MOVES de 500 € → base deducible = 1.500 € → deducción = 225 €.
Si quieres saber más sobre las ayudas disponibles, visita nuestra guía sobre el Plan MOVES III en Andalucía y el artículo sobre ayudas para instalar un punto de recarga.
¿Qué pasa si instalo el punto de recarga en un garaje comunitario?
La deducción también aplica si el cargador está en la plaza de garaje asociada a tu vivienda habitual, aunque el garaje sea comunitario. La clave es que la plaza sea de tu propiedad o uso exclusivo.
En estos casos es especialmente importante contar con la documentación completa, ya que en un garaje comunitario la instalación debe cumplir la normativa ITC-BT-52 y estar debidamente comunicada a la comunidad.
Instala antes del 31 de diciembre de 2026
La deducción del 15% en el IRPF por instalación de punto de recarga vence el 31 de diciembre de 2026. No hay confirmación de que vaya a prorrogarse más allá de esa fecha.
Si estabas pensando en instalar un cargador, este año tienes un incentivo fiscal adicional para hacerlo: hasta 600 € de ahorro real en tu declaración de la renta, siempre que la instalación esté correctamente documentada.
En EDAS Ingenieros realizamos la instalación completa del punto de recarga y te entregamos toda la documentación técnica que necesitas: el certificado de instalación eléctrica (CIE), la factura detallada y el resto de documentos para que puedas aplicar la deducción sin complicaciones.
¿Quieres instalar tu punto de recarga antes de que acabe el año? Pídenos presupuesto sin compromiso y te asesoramos desde el primer momento.

